El CONTRATO SOCIAL
Capítulo II
De Las Primeras Sociedades
Se conceptúa que la sociedad está conformada por la familia como inicio de toda sociedad, por consiguiente es alegoría de esta misma, infiriendo desde este punto que el modelo de familia, padre e hijos, esto es jefe y pueblo.
La libertad es atacada de forma necesaria para la existencia de la sociedad organizada, este ataque es aceptado por el pueblo como mal necesario para existir, en forma organizada. Todo ser humano nace libre, solo que unos nacen para gobernar y otros para ser gobernados, y que los libres pierden su libertad en aras de su utilidad.
Capítulo III
Del Derecho De Mas Fuerte
La idea del más fuerte no ha de trascender si esta fuerza no se convierte en un derecho y por el débil la obediencia. Dar paso a la fuerza es por necesidad urgente y no por voluntad, la fuerza es el poder y necesariamente hay que obedecer a los poderes si estos son los legítimos.
Capítulo IV
Si una persona puede dar en mercancía su libertad a cambio de su subsistencia, porque no un pueblo en su conjunto pueda llegar a ser súbdito de un rey. Ya sea de esclavo o dominante se da por intereses muy propios.
El hombre como ciudadano no tiene como enemigo a un Estado, ya que las guerras no se dan de persona a persona, sino de Estado a Estado, entonces no existe tal esclavitud que nazca de las guerras, de las conquistas del fuerte hacia el débil, ya que cada ciudadano no es Estado, ambos conceptos son muy diferentes en naturaleza. Los conceptos de esclavitud y derecho son muy excluyentes y contradictorios para el autor. Convirtiendo a la esclavitud como un derecho nulo por ser este ilegítimo y absurdo.
Capitulo V
Es necesario conocer los primeros rudimentos de la sociedad, sus inicios estructurales para luego poder aplicar en él un tipo de sometimiento legal y que no melle su esencia en sí. La primera convención para Rousseau es volver al Estado de naturaleza del hombre, y partiendo de allí entender su esencia para cultivar ya el contrato social, que sería necesario para la evolución de este hombre del Estado natural al Estado civil.
Capítulo VI
Es la creación de una persona pública, del orden jurídico, este en otros tiempos se denominaba ciudad, a partir el hecho se llamaría república o de cuerpo político, que conforma el nombre pasivo de Estado, cuando es pasivo y soberano, y cuando este se torna activo se trasluce en poder, ahora si queremos compararlo con sus componentes, al estar asociados colectivamente se denomina pueblo, en particular por cada miembro se compone de ciudadanos quienes participarían de la autoridad soberana, esto cambia muy rotundamente si vemos desde el otro punto cuando el Estado les somete a sus leyes entonces ellos son súbditos. Hay que tener muy en cuenta estos conceptos para que este contrato no se vicie ni vuelva a quitar nuestro derecho natural de todo ser humano, el haber nacido libre.
Capítulo VII
Del Soberano
Al conformar ya la persona jurídica, por una asociación de personas enmarcada en el pacto, es necesario la existencia del Soberano quien pueda dar viabilidad a las acciones del común del pueblo, los deberes hacia la asociación del soberano, que cuando un miembro del cuerpo rehúsa el cumplimiento de cualquier asunto del cuerpo, el cuerpo entero a de obligar al individuo su responsabilidad, esto es por el poder del soberano (el pueblo) ello gracias a la fuerza y poder que el pueblo envistió a éste. Ahora esto debe de ser desde los dos ángulos descritos desde el soberano hacia los particulares y como miembros del Estado, hacia el soberano, o sea que hay que lograr una armonía desde los dos puntos de vista, para igualar las discrepancias entre estos. El poder y la fuerza emana de los particulares y su existencia del Estado depende de su retribución correcta hacia estos (El pueblo).
Capítulo VIII
Del Estado Civil
Describe lo que adquiere y gana el hombre por el paso de su Estado natural al del Estado civil. En el Estado natural el hombre solo podía lograr lo que sus fuerzas individuales le permitían, ahora en su nuevo Estado civil, logra su libertad civil que está limitada por la voluntad general, logra el derecho de posesión, que no es más que el ejercicio del poder, de la fuerza del primer ocupante de la propiedad. El Estado civil del hombre va a lograr en éste su desarrollo en comunidad, en todo aspecto y además será el inicio de todo cuanto pueda lograse vía la libertad que ofrece sus propias leyes que le facultan.
Capitulo IX
Del Dominio Real
El dominio real, la propiedad de cuanto el hombre pueda poseer se verá expuesta a la luz de lo que el derecho natural y civil dictan al respecto, ejemplo; para Rousseau para autorizar sobre un terreno cualquiera para autorizar su posesión en propiedad se necesitaría de tres condiciones: que el terreno en cuestión no esté habitado por nadie. Que no se ocupe en él sino lo que sea necesario y preciso para subsistir, además de, que se tome posesión de él no por medio de una ceremonia vana sino por medio del trabajo y la cultura, único signo de propiedad, que a falta de títulos jurídicos debe ser respetado por los demás.
El autor señala además una salida pro socialista, al indicar que "...- que los hombres empiecen a reunirse antes de poseer algo y que apoderándose luego de un terreno suficiente para todos, gocen del mismo común, o que se lo repartan entre sí, sea a partes iguales o según las proporciones establecidas por el soberano.
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